El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto sobre actuaciones sanitarias de los servicios de prevención y sobre la realización de auditorías referentes a la medicina del trabajo en el sistema de prevención en la CAE, que detalla las condiciones mínimas que deben cumplir los servicios de prevención que realizan vigilancia de la salud y las personas o entidades que realizan auditoría de la disciplina preventiva de la medicina del trabajo, tanto sus recursos humanos como materiales, características, instalaciones, equipos, material sanitario, autorización, comunicación y registro de los servicios sanitarios de los servicios de prevención, así como las condiciones para poder recurrir a unidades móviles.
El decreto pretende llevar a cabo un desarrollo más profundo de algunas materias como la historia clínico-laboral o el sistema de información sanitaria de salud laboral, posibilitando recabarla para diseñar y planificar políticas tendentes a proteger la salud de la población trabajadora y a promover la salud en los lugares de trabajo.
Establece además que los servicios de prevención que efectúen actividades sanitarias en la CAE deberán someterse a la supervisión y control de la autoridad sanitaria de la Comunidad Autónoma, que evaluará la actividad sanitaria que desarrollan dichos servicios de prevención y que afectan a las personas que trabajan en nuestra Comunidad, comprobando su calidad, suficiencia y adecuación y exigiendo la subsanación de las deficiencias detectadas.
Osalan, a través de su Unidad de Salud Laboral, será el organismo competente para emitir autorizaciones sanitarias e informes sobre los servicios de prevención para adoptar las medidas que se precisen así como para ejecutar lo previsto en el decreto, sin perjuicio de las competencias que específicamente se establecen a favor de otros organismos.