ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD
Artículo 16.-
Los cargos que componen la Junta Directiva se elegirán por la Asamblea General y durarán un período de 4 años, salvo revocación expresa de aquélla, pudiendo ser objeto de reelección.
El presidente, secretario, Tesorero y los Vocales saldrán elegidos de entre la Asamblea reunida para ello, con carácter extraordinario, cada cuatro años.
Artículo 17.-
Para pertenecer a la Junta Directiva serán requisitos indispensables:
a) Ser mayor de edad, estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incurso en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
b) Ser designado/a en la forma prevista en los Estatutos.
c) Ser socio/a ordinario que figuren en el censo electoral con antelación al cierre de candidaturas y que estén al corriente de sus deberes en el pago de cuotas
Para ser admitida una Candidatura a los puestos directivos, deberá elevarse una lista cerrada firmada por un mínimo de socios numerarios de diez, que se entregará a la Junta Directiva con un mes de antelación, para que ésta, a su vez ponga en conocimiento de todos los socios el nombre de los candidatos y puestos a los que aspiran, así como el censo electoral.